Doscientos veinte turnos, veinte libres, ocho horas
220 turnos previstos en el año, menos 20 que libras, son 200 turnos que cuentas como trabajo. A 8 horas cada uno, 1.600 horas. Si en la casilla del convenio pone 1.752, la diferencia es 1.600 − 1.752 = −152 horas. Vas por debajo de esa cifra, no por encima. El signo importa: un positivo sería pasarte del convenio; un negativo es quedarte corto, que puede ser una jornada a tiempo parcial, unas libranzas de más o, sencillamente, un 1.752 que no es el tuyo. El 1.752 no sale del Estatuto. Está escrito para que la resta tenga un número visible y se pueda cambiar por el de tu convenio. No lo cites como horas legales de España.
El artículo 34.1 del Estatuto de los Trabajadores dice que la jornada será la pactada en el convenio o el contrato, y que el máximo de la jornada ordinaria es de cuarenta horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual. El máximo no es una bolsa anual única. Traducir 40 × 52 = 2.080 horas es una forma de mirar el techo, con las vacaciones ya dentro de ese promedio y no restadas otra vez por fuera. Muchos convenios publican una cifra menor. Esa cifra, si existe, es la que va en la casilla. Si no la tienes delante, deja la comparación en blanco mental y quédate con las 1.600, que sí salen de tus turnos. REVISAR el convenio antes de decir que te deben horas o que debes horas.
Qué es un turno en esta cuenta
Un turno es una vez que vas, con las horas que has escrito. Si unos días haces 8 y otros 12, un solo campo de horas no vale: o haces dos cálculos y los sumas, o usas las horas medias con cuidado de no maquillar un turno largo. 200 turnos de 8 no son lo mismo que 160 de 8 y 40 de 12, aunque alguien redondee. 160 × 8 + 40 × 12 = 1.280 + 480 = 1.760. La página, con una sola casilla de horas, no ve esa mezcla. Sepárala. Los turnos que libras son los que estaban en el cuadrante y no trabajas: vacaciones metidas como turnos anulados, un festivo que cae en tu ciclo, un día de asuntos propios si en tu centro se descuenta así. No restes dos veces el mismo día, una como libre y otra porque ya no estaba en los previstos.
Un turno de noche que cruza la medianoche sigue siendo un turno si lo cuentas como tal en el cuadrante. Las horas son las del turno, no las del día del calendario. El plus de noche no está en estas horas: está en el convenio, en euros, y no sale de multiplicar 1.600 por nada. Para saber cuánto vale cada hora ordinaria, la calculadora de salario por hora parte del bruto anual. No la mezcles con el plus hasta que el convenio diga que el plus es salario.
Por debajo o por encima no es todavía una reclamación
Ir 152 horas por debajo de un convenio de 1.752 puede ser correcto si tu contrato no es de esa jornada completa. Ir por encima puede ser hora extra, o distribución irregular del artículo 34.2, o un error al contar libranzas. La diferencia es una alarma, no una nómina. El registro diario de inicio y fin, el del artículo 34.9, es el que acredita el día concreto. Esta suma anual no lo sustituye. Si el cuadrante y el registro no coinciden, manda el registro para las horas hechas y el cuadrante para las horas previstas. Son papeles distintos.
La plantilla del cuadrante guarda el año. Esta página hace la multiplicación para no equivocarla cuando estás negociando el calendario. 200 × 8 es 1.600 aunque el calendario esté pintado de colores. Si el resultado no cabe en el convenio, se negocia el número de turnos o la duración, no se discute la multiplicación.